Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 47

Fecha del Boletín 
24-02-2023

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230224-78

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

RÉGIMEN ECONÓMICO

78
Móstoles. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la convocatoria de concesión de ayudas que permitan aunar y coordinar los esfuerzos que se realicen para promover el desarrollo económico y la dinamización del mercado de trabajo en el municipio de Móstoles, aprobada por Acuerdo de Junta de Gobierno Local 9/62, de 14 de febrero de 2023.

DBNS (Cod. Identif.): 677650

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias ).

Primero. Objeto.—La presente Convocatoria tienen por objeto la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, a través de una subvención teniendo como finalidad establecer las bases que permitan aunar y coordinar los esfuerzos que se realicen para promover el desarrollo económico y la dinamización del mercado de trabajo en el municipio de Móstoles.

Segundo. Beneficiarios.—Podrán solicitar y, en su caso, cumplidos los trámites obtener esta ayuda aquellas organizaciones sindicales cuya programación y actuaciones se dirija a la totalidad del tejido empresarial y de trabajadores del municipio.

Tercero. Bases reguladoras.—Las bases que regulan las mencionadas ayudas han sido remitidas a la Base Nacional de Subvenciones para la publicación y conocimiento de conformidad con lo establecido en el Artículo 20 de la LGS.

Cuarto. Plazo de presentación.—El plazo para presentar las solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En el cómputo de plazo se excluye los sábados, domingos y festivos, todo ello de conformidad con lo establecido en el Artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Quinto.—El Ayuntamiento aportará la cantidad total de 40.000,00 euros en concepto de subvención

El importe total referido se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria del presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Móstoles para el ejercicio 2023: 15/2414/48927.

Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de concurrencia competitiva. La presente convocatoria se enmarca en las Bases Reguladoras de las Subvenciones a otorgar por el Ayuntamiento de Móstoles, aprobadas en las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Móstoles 2022, por lo que las ayudas se regirán con carácter principal, por lo contenido en dichas bases y convocatoria, y en lo no previsto resultará plenamente de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo y demás normas de derecho público y/o privado que puedan resultar de aplicación con carácter supletorio.

Móstoles, a 22 de febrero de 2023.—La concejala-delegada de Empleo y Nuevas Tecnologías, Rebeca Prieto Moro.

(03/3.190/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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