Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 305

Fecha del Boletín 
23-12-2022

Sección 1.3.31.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221223-27

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN

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RESOLUCIÓN de 12 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, sobre la clasificación del puesto de colaboración al puesto Secretaría, denominado Vicesecretaría, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, del Ayuntamiento de Pinto.

Visto que el Ayuntamiento Pinto, mediante escrito fecha 14 de noviembre de 2022, remite documentación sobre la clasificación del puesto de colaboración al puesto de Secretaría, denominado Vicesecretaría, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, aprobado por acuerdo de Pleno de fecha 29 de septiembre de 2022.

Consta en el expediente: Oficio de remisión a la Dirección General de Reequilibrio Territorial; Certificado de Secretaría del Acuerdo de Pleno de fecha 29 de septiembre de 2022, por el que se acuerda la creación del puesto de colaboración a la Secretaría del Ayuntamiento, denominado Vicesecretaría, clasificado en la subescala de Secretaría, Categoría Entrada, Grupo A1, complemento de destino 29, complemento específico 2.625,60 euros/mes; forma de provisión concurso; Informe de Secretaría de fecha 5 de agosto de 2022; publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 11 de noviembre de 2022 y número 269, de la modificación de la plantilla de personal del Ayuntamiento de Pinto; Anexo de la plantilla de personal, donde se incluyó el puesto de colaboración a la Secretaría, denominado Vicesecretaría.

Visto que dichos puestos se definen como aquellos que las Corporaciones Locales puedan crear discrecionalmente para el ejercicio de las funciones de colaboración inmediata a las de Secretaría, Intervención y Tesorería, correspondiendo su clasificación a las Comunidad Autónomas. Que estos puestos serán clasificados a propuesta de la corporación y estarán reservados a funcionarios de habilitación de carácter nacional de la subescala y categoría que proceda.

Visto que el artículo 15 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, se debe concluir que la competencia para la creación del puesto corresponde al Ayuntamiento, mientras que la clasificación le corresponde a la Comunidad de Madrid.

Visto que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos.

Visto el informe del Área de Régimen Jurídico Local e Innovación Tecnológica, favorable a dicha clasificación.

Considerando que esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 198/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Digitalización,

HE RESUELTO

1. Clasificar, en virtud de las competencias de clasificación atribuidas a la Comunidad Autónoma en los artículos 15 del Real Decreto 128/2018, que regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, el puesto de colaboración, al puesto de Secretaría, del Ayuntamiento de Pinto, denominado Vicesecretaría, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en la subescala Secretaría, Categoría: Entrada, forma de provisión concurso, de conformidad con el acuerdo de creación adoptado por dicho Ayuntamiento por acuerdo de Pleno de fecha 29 de septiembre de 2022, en virtud de las competencias que le atribuye del artículo 15 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

2. Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

3. Comunicar la presente Resolución al Ministerio de Hacienda y Función Pública, a los efectos que sean procedentes.

4. Notificar la presente Resolución al Ayuntamiento de Pinto.

5. Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Administración Local y Digitalización o ante el Director General de Reequilibrio Territorial, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

Asimismo, para litigios entre Administraciones Públicas, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Madrid, a 12 de diciembre de 2022.—El Director General de Reequilibrio Territorial, Rafael García González.

(03/24.196/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.31.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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