Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 205

Fecha del Boletín 
29-08-2022

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220829-34

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Pozuelo de Alarcón. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Resolución de 1 de agosto de 2022, del titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, por la que se convoca a través del procedimiento de concurrencia competitiva, de subvenciones para Ayudas destinadas a familias, empadronadas en Pozuelo de Alarcón, con hijos matriculados en Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional (Ciclo Formativo de Grado Básico) y EBO en Educación Especial para compensar los gastos de material escolar del curso 2022-2023.

BDNS: 644867

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios de la ayuda el progenitor, tutor o acogedor de un alumno escolarizado durante el curso escolar 2022-2023 para el que se solicite la ayuda. En el caso de que se realicen dos solicitudes respecto de un mismo menor escolarizado, la ayuda se concederá al que la realice en primer lugar. En caso de extranjeros que residan en Pozuelo de Alarcón deberán tener residencia legal en España.

Segundo. Objeto.—El objeto de la convocatoria es conceder ayudas a las familias con hijos matriculados durante el curso escolar 2022-2023 en Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional (Ciclo Formativo de Grado Básico), Educación Básica Obligaría (EBO) en Educación Especial (nacidos entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2016).

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza General de Subvenciones de Pozuelo de Alarcón, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 294, de 10 de diciembre de 2012.

Cuarto. Cuantía.—El importe global máximo de las ayudas convocadas para el curso escolar 2021-2022 asciende a 260.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 61.3261.48003 (“Ayudas para la Educación”) del presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón para el año 2022.

Dicho crédito resulta ampliable mediante una cuantía adicional de 400.000 euros, de conformidad con lo establecido en el artículo 58.2.a) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito, y siempre que la modificación se apruebe con anterioridad a la resolución de concesión y se publique.

La ayuda concedida será de hasta 100 euros por cada hijo, o menor tutelado o acogido, empadronado en el municipio y escolarizado durante el curso 2022-2023 en Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional (Ciclo Formativo de Grado Básico) y Educación Básica Obligatoria (EBO) en Educación Especial.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—El modelo de solicitud estará disponible en la página web www.pozuelodealarcon.org, así como en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón ( https://sede.pozuelodealarcon.es ), en la en la sede de la Concejalía de Educación y en las Oficinas de Atención al Ciudadano de Pozuelo de Alarcón.

Dado que se trata de una ayuda que se justifica con carácter previo a su concesión, será necesario adjuntar, junto con la solicitud, las facturas justificativas del gasto.

En Pozuelo de Alarcón, a 22 de agosto de 2022.—El titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Eduardo Oria de Rueda Elorriaga.

(03/16.658/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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