Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 254
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121024-192
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 615 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto López Fernández, don Juan Pablo Rodríguez Fernández y don Felipe Jiménez Ortiz, contra don Raúl González García, don David García Montero, don Francisco Javier Rodríguez Gala, doña María del Carmen Secada Góngora, don Francisco Amor Fraile, don Francisco Javier Caballero Fernández, doña Dolores María Muñoz Sánchez, doña Judith Jiménez Arribas, doña Cecilia Valencia Peláez, don Enrique Zamora Loureiro, don José Luis Pozo Palomares, doña Marta Atienza Ávila, don Luis García González, doña Laura Ramírez Villena, don Rafael Olivares Gómez, don Herminio Pardo Correas, doña Cristina Paradillas Zorrilla, don Juan Luis Campo Bretón, doña María Elena Carmona Rodríguez, don José María Chiarri Laguna, doña Aranzázu Cristóbal García, don Pablo Errazuriz Maita, doña María Ángeles García García, doña María del Rocío Martín Sanz, doña Marta Nieves Escamila, doña Marta Provencio Fernández Escribano, don Antonio Rubio Lozano, doña María José Vacas Lejarriaga, doña Cristina Valdivieso Plaza, doña Nuria Vega Leandro, don Raúl González García, don David García Montero, don Francisco Javier Rodríguez Gala, “Uralita Iberia, Sociedad Limitada”, y “Uralita, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado la siguiente sentencia:
Fallo
Estimo las demandas formuladas por don Alberto López Fernández, don Juan Pablo Rodríguez Fernández y don Felipe Jiménez Ortiz, declaro la nulidad de sus despidos llevados a cabo por “Uralita Iberia, Sociedad Limitada”, y condeno al “Grupo Uralita” del que es cabecera la codemandada “Uralita, Sociedad Anónima”, a que les readmita en su puesto de trabajo de forma inmediata y les abone los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha de cada uno de los citados despidos y hasta que la readmisión tenga lugar.
Todo ello sin perjuicio de la obligación de los demandantes de reintegrar las cantidades que por indemnización por sus despidos hubieran percibido.
Absuelvo a los codemandados don Francisco Javier Rodríguez Gala, don Raúl González García y don David García Montero de las pretensiones deducidas en su contra.
Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña Marta Nieves Escamilla, doña Marta Provencio Fernández Escribano, don Antonio Rubio Lozano, doña María José Vacas Lejarriaga, doña Cristina Valdivieso Plaza, doña Nuria Vega Leandro, don Juan Luis Campo Bretón, doña María Elena Carmona Rodríguez y don José María Chiarri Laguna, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 18 de septiembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/31.800/12)

