Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 246

Fecha del Boletín 
15-10-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121015-116

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

116
Ejecución 213 de 2012

Don Enrique Roldán López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecución número 213 de 2012-M, seguido a instancias de doña María Carmen Rubio Burguillo y siete trabajadores más, contra la empresa “Plantel Madrid, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado en la fecha 24 de septiembre de 2012, auto y diligencia de ordenación, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Dispongo: despachar orden general de ejecución de la sentencia firme de 25 de junio de 2012 a favor de la parte ejecutante, doña María Carmen Rubio Burguillo, doña Rosa María Antoni Álvarez, doña María Carmen Clemente Sastre, doña Estela González Sánchez, doña Paloma Jiménez-Millas Tapia, doña Ana Belén Torralba Gómez, doña María Carmen Losada Méndez y doña María Luisa Párraga Santaella, frente a “Plantel Madrid, Sociedad Limitada”, parte ejecutada.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, a interponer en el plazo de tres días ante este mismo Juzgado.

Así, por este auto, lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima señora doña Elena Burgos Herrera, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.—La magistrada-juez de lo social (firmado).

No habiéndose extinguido la relación laboral que unía a los actores doña María Carmen Rubio Burguillo, doña Rosa María Antoni Álvarez, doña María Carmen Clemente Sastre, doña Estela González Sánchez, doña Paloma Jiménez-Millas Tapia, doña Ana Belén Torralba Gómez, doña María Carmen Losada Méndez y doña María Luisa Párraga Santaella con la demandada “Plantel Madrid, Sociedad Limitada”, se acuerda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 280 de la Ley de Jurisdicción Social, oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en la Sala de audiencias de este Juzgado el día 8 de noviembre de 2012, a las nueve y cinco horas, que solo versará sobre la inadmisión y la imposibilidad, en su caso, de readmitir al trabajador por cese o cierre de las empresas, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representada) el acto se celebrará sin su presencia.

Obténgase por el secretario judicial, a través de la aplicación informática correspondiente, informe de vida laboral del demandante.

Cítese a la comparencia señalada al Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente a las partes por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley 36/2011, Reguladora de la Jurisdicción Social.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación.

Así lo ordeno y firmo. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Plantel Madrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 24 de septiembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/32.049/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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