Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 237

Fecha del Boletín 
04-10-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121004-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

80
Procedimiento ordinario 464 de 2010

En el procedimiento ordinario 464 de 2010 se ha dictado la sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 86

Magistrada-juez del Juzgado de primera instancia, doña María del Carmen Pérez Elena.—En Madrid, a 20 de marzo de 2012.

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda formulada por la procuradora de los Tribunales doña Raquel Sánchez-Marín García, en nombre y representación de doña María del Rosario Andrés Nogueras contra don Mario Sáez Rodríguez, debo condenar al demandado a entregar a la demandante los vehículos matrícula 7175-BCF, marca “Audi” 8, y matrícula GC-3641-BN, con su documentación correspondiente, así como a reembolsar a la demandante la cantidad abonada por las sanciones de tráfico impuestas al demandado correspondientes al tiempo de su utilización, abonando cada parte las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Notifíquese la presente sentencia en legal forma a las partes comparecidas, enterándoles que la misma no es firme y que cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, según lo dispuesto en el artículo 458 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

A dicho escrito deberá acompañarse copia del documento de ingreso en la cuenta de depósitos del Juzgado (2449) de la cantidad de 50 euros, en la que se indique que se trata de un “recurso”, conforme al artículo 1, punto 19, de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1995, de 1 de julio, del Poder Judicial. Asimismo, en el caso de que se trate de personas jurídicas, habrán de aportar modelo 696 de la Agencia Tributaria de liquidación de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en el orden civil.

Llévese la presente resolución al libro de sentencias del Juzgado quedando testimoniada en las presentes actuaciones y tómese oportuna nota en los libros de este Juzgado.

Así por esta, mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Mario Sáez Rodríguez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 10 de septiembre de 2012.—El secretario (firmado).

(02/7.429/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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