Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 237

Fecha del Boletín 
04-10-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121004-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 29

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

82
Procedimiento 369 de 2011

En el procedimiento de adopción número 369 de 2011 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Doña María Trinidad Cepas Palanca, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia.—En Madrid, a 1 de junio de 2012.

Hechos

Primero.—Por el Instituto Madrileño del Menor y la Familia se ha formulado propuesta para la adopción de la menor Adriana Arancibia Roca por parte de ............... quienes habían sido seleccionados por la entidad protectora del menor por reunir las condiciones personales, familiares y sociales y los medios de vida necesarios para estimar la adopción beneficiosa para el menor.

Parte dispositiva:

Se acuerda la adopción de la menor Adriana Arancibia Roca, nacida el día 24 de enero de 2011, cuyo nacimiento obra inscrito en el Registro Civil de Madrid, Sección Primera, tomo 02497, folio 101, por parte de ..............., en virtud de la cual la adoptada ostentará los apellidos de los adoptantes, con todos los efectos de la filiación adoptiva, quedando por su parte los adoptantes sujetos al cumplimiento de todas las obligaciones propias de su condición de padres adoptivos.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación de la presente sentencia. En la interposición del recurso, el apelante deberá exponer las alegaciones en que se basa la impugnación además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Debiendo acompañar justificante de haber consignado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado el depósito de 50 euros necesario para recurrir en apelación.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Ana Karen Arancibia Roca, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 1 de junio de 2012.—El secretario (firmado).

(03/30.802/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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