Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 230
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120926-81
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 26
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento ordinario número 1.271 de 2007, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
Sentencia número 87 de 2012
En Madrid, a 29 de marzo de 2012.—La ilustrísima señora doña Rocío Nieto Centeno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 26 de Madrid, habiendo visto los presentes autos número 1.271 de 2007, sobre juicio ordinario, seguidos a instancias de doña Concepción Rojo Fernández y don Jesús Reloba Valenzuela, representados por el procurador de los Tribunales don José Luis Rodríguez Pereita, “Carpetana, Sociedad Anónima”, y su liquidador P. Philippe René Francis Sirgant, en rebeldía, sobre acción para elevación a público de contrato de compraventa.
Fallo
Que estimando la demanda formulada por doña Concepción Rojo Fernández y don Jesús Reloba Valenzuela, representados por el procurador de los tribunales don José Luis Rodríguez Pereita, “Carpetana, Sociedad Anónima”, y su liquidador P. Philippe René Francis Sirgant, en rebeldía, declaro el derecho de los demandantes de elevar a público los contratos de compraventa de 5 de mayo de 2004, relativos a las fincas registrales número 10.970 y 10.936 del Registro de la Propiedad de Valdemoro, a fin de poder inscribir a su favor la titularidad de dichos bienes en el Registro de la Propiedad, y dado que la titular registral es una entidad extinguida a la que no puede compelerse al otorgamiento del correspondiente título público de propiedad, ni tampoco a su liquidador, se realizará por esta juzgadora en sustitución del vendedor.
Contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil nueva).
El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil nueva), significándole a las partes que para la admisión a trámite del recurso deberán aportar resguardo de ingreso de un depósito que se constituirá en la entidad “Banesto”, número de cuenta 2454, clave 02, indicando número de expediente y año, por valor de 50 euros, en concepto de “depósito recurso apelación”.
Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de don Philippe René Francis Sirgant y otros, se ha acordado la publicación de la presente, para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.
Madrid, a 27 de julio de 2012.—El secretario (firmado).
(02/7.161/12)

