Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 230

Fecha del Boletín 
26-09-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120926-98

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

98
Demanda 721 de 2012

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 721 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Caridad Díaz Claudio y doña Mercedes Díaz Claudio, contra don Juan Carlos Álvarez Bellón, “Dirección Office, Sociedad Limitada Unipersonal” y “Gran Menú, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente

Decreto

El secretario judicial don Ismael Pérez Martínez.—En Madrid, a 4 de julio de 2012.

Antecedentes de hecho:

Primero.—En fecha 28 de junio de 2012 ha tenido entrada en esta oficina demanda presentada a instancias de doña Caridad Díaz Claudio y doña Mercedes Díaz Claudio, frente a don Juan Carlos Álvarez Bellón, “Dirección Office, Sociedad Limitada Unipersonal” y “Gran Menú, Sociedad Limitada Unipersonal”.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Admitir a trámite la demanda presentada por doña Caridad Díaz Claudio y doña Mercedes Díaz Claudio, frente a don Juan Carlos Álvarez Bellón, “Dirección Office, Sociedad Limitada Unipersonal” y “Gran Menú, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ordinario, que se sustanciará por las reglas de la demanda.

2. Se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 1 de abril de 2013, a las nueve y treinta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Princesa, número 3, segunda planta, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

La parte actora comparecerá al acto del juicio asistida de letrado.

Se requiere a la parte actora para que, en el plazo de cuatro días hábiles, aclare el motivo de demandar a la empresa “Gran Menú, Sociedad Limitada Unipersonal” y a la persona física demandada, asimismo aclare el suplico de la demanda en condena, pues lo hace en singular. De no cumplimentar el requerimiento, se tendrá por no demandados a la empresa “Gran Menú, Sociedad Limitada Unipersonal”, y a la persona física.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá, dentro del plazo para recurrir, constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la cuenta de consignaciones de este Juzgado con el número 2501 en la entidad bancaria “Banesto”, calle Orense, número 19.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los 20 dígitos obligatorios: 0030 1143 50 0000000000, indicando el número c/c 2501, número de procedimiento y persona o empresa que hace el ingreso.—Firmado: el secretario.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Dirección Office, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de septiembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/29.930/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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