Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 222

Fecha del Boletín 
17-09-2012

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120917-12

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

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CORRECCIÓN de errores de la Orden de 22 de agosto de 2012, por la que se declara el uso obligatorio de la aplicación informática institucional SITREM (Sistema Integral de Tratamiento de Emergencias) para todo el personal integrante del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, incluido su Jefatura y Servicios Administrativos.

Apreciado error en la publicación de la citada Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 202, correspondiente al día 24 de agosto de 2012, página 13, se procede a su corrección en los siguientes términos:

En la página 1, “Dispongo primero”:

Donde dice: “Declarar el uso obligatorio de la aplicación informática denominada SITREM (Sistema Integrado de Tratamiento de Emergencias)”.

Debe decir: “Declarar el uso obligatorio de la aplicación informática denominada SITREM (Sistema Integral de Tratamiento de Emergencias)”.

En la página 2, “Dispongo segundo, apartado c)”:

Donde dice: “Taller: Módulo desarrollado para la gestión de la flota de vehículos, gestionándose el alta, baja, cesión, intercambio entre vehículos de parques, reparación, revisiones e incidencias en general (averías y accidentes) de los vehículos del servicio, reportajes y kilometrajes”.

Debe decir: “Taller: Módulo desarrollado para la gestión de la flota de vehículos, gestionándose el alta, baja, cesión, intercambio entre vehículos de parques, reparación, revisiones e incidencias en general (averías y accidentes) de los vehículos del servicio, repostajes y kilometrajes”.

En la página 2, “Dispongo tercero”:

Donde dice: “Solo cuando existan problemas informáticos que impidan su uso se podrá acudir a los procedimientos y formalidades que utilizaban con anterioridad”.

Debe decir: “Solo cuando existan problemas informáticos que impidan su uso se podrá acudir a los procedimientos y formalidades que se utilizaban con anterioridad”.

(03/29.971/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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