Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 222
Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120917-38
Páginas: 1
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CAMPO REAL
RÉGIMEN ECONÓMICO
Transcurrido el plazo de exposición al público sin haberse presentado reclamaciones, por resolución de Alcaldía de fecha 24 de agosto de 2012 se ha elevado a definitivo el acuerdo provisional adoptado por el Pleno, de fecha 13 de junio de 2012, sobre modificación de ordenanzas municipales.
Bonificación del 3 por 100 por domiciliación de recibos de pago periódico
Establecer una bonificación del 3 por 100 a aquellas personas que domicilien el pago de los recibos de los siguientes impuestos:
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica y urbana.
— Tasa por recogida de basuras.
— Tasa de inspección de motores.
— Impuesto de vehículos de tracción mecánica.
— Tasa de vados.
— Impuesto sobre actividades económicas.
Contra el presente Acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Campo Real, a 24 de agosto de 2012.—El alcalde, Felipe Moreno Morera.
(03/29.005/12)

