Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 203

Fecha del Boletín 
25-08-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120825-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

78
Demanda 186 de 2012

Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 186 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Benítez Ayala, contra la empresa “Lasín Logistic, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado decreto, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo: Admitir la demanda presentada.

Señalar el día 17 de junio de 2013, a las nueve y cincuenta horas, para la celebración del acto de conciliación ante la secretaria judicial, y, en su caso, el acto del juicio.

Citar as las partes en legal forma con al advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá la secretaria judicial en el primer caso y el magistrado-juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase de la demandada no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía.

Se tiene por hecha la manifestación realizada en el primer otrosí del escrito de demanda.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Lasín Ligistic, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de julio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.479/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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