Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 187

Fecha del Boletín 
07-08-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120807-135

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

135
Ejecución 315 de 2011

Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 315 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Silvia Margarita Poblador Domingo, contra la empresa “La Miguela Restaurantes y Cafeterías, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto, cuyo contenido es del tenor literal siguiente:

Auto

Magistrado-juez sustituto de lo social, don Joaquín Castro Colás.—En Madrid, a 4 de julio de 2012.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

En atención a lo dispuesto se acuerda: Despachar orden general de ejecución del auto de fecha 9 de febrero de 2012 a favor de la parte ejecutante doña Silvia Margarita Poblador Domingo, frente a “La Miguela Restaurantes y Cafeterías, Sociedad Limitada”, por un principal de 13.708,45 euros, más 1.370 euros en concepto de intereses provisionales y 1.370 euros en concepto de costas provisionales.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra este auto cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación mediante escrito que deberá alegar las posibles infracciones en que hubiera incurrido el auto y el cumplimiento o incumplimiento de los requisitos procesales exigidos, pudiendo la parte demandada deducirse en el mismo escrito la oposición a la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y pudiendo alegarse en el caso del procedimiento monitorio la falta de notificación del requerimiento y para los que tiene el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte, tal y como establece el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El secretario judicial (firmado).—El magistrado-juez sustituto de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “La Miguela Restaurantes y Cafeterías, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de julio de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/25.136/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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