Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 156

Fecha del Boletín 
02-07-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120702-225

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 1

EDICTO

225
Ejecución 174 de 2012

Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 174 de 2012, a instancias de la parte actora don Reyes Cordero Fernández, contra “Ceprés Asistencia Sanitaria, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se han dictado resoluciones de fecha 21 de febrero de 2012 del tenor literal siguiente:

Auto

En Sevilla, a 23 de mayo de 2012.

Parte dispositiva:

Su señoría ilustrísima acuerda: Despachar ejecución a favor de don Reyes Cordero Fernández, contra “Ceprés Asistencia Sanitaria, Sociedad Limitada”, por la suma de 884,20 euros en concepto de principal, más 176,84 euros calculados para intereses, costas y gastos.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de tres días ante este Juzgado, en los términos referidos en el fundamento tercero de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), entidad número 0030, sucursal en la avenida de la Buhaira, oficina número 4.325, sita en la calle José Recuerda Rubio, número 4, de Sevilla, cuenta número 4020/0000/64/0174/12, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo “Concepto” que se trata de un recurso seguido del código “30” y “Social-Reposición”, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 451, 452 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil y la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de “Banesto”, número 0030/1846/42/0005001274, indicando el beneficiario Juzgado de lo social número 1 de Sevilla, y en “Concepto” se consignarán, en un solo bloque y este separado por espacios de todo lo demás que se ponga en el campo, los dieciséis dígitos, antes expresados, de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña Aurora Barrero Rodríguez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 1 de Sevilla.—Doy fe.

Decreto

Secretaria judicial, doña Rosa María Rodríguez Rodríguez.—En Sevilla, a 23 de mayo de 2012.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional dese audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones de la deudora que puedan ser objeto de embargo.

Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 155.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, si cambiasen su domicilio, número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares, siempre que estos últimos esté siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la oficina judicial durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente a la misma.

Notifíquese esta resolución a la ejecutada, junto con el auto de orden general de ejecución, con entrega de copia de la demanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que, en cualquier momento pueda personarse en la ejecución.

Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado, abierta en la entidad “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), entidad número 0030, sucursal en la avenida de la Buhaira, oficina número 4.325, sita en la calle José Recuerda Rubio, número 4, de Sevilla, cuenta número 4020/0000/64/ 0174/12, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo “Concepto” que se trata de un recurso seguido del código “30” y “Social-Reposición”, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 451, 452 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil y la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de “Banesto”, número 0030/1846/42/0005001274, indicando el beneficiario Juzgado de lo social número 1 de Sevilla, y en “Observaciones” se consignarán, en un solo bloque y este separado por espacios de todo lo demás que se ponga en el campo, los dieciséis dígitos, antes expresados, de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos dieciséis dígitos (separados por un espacio), el código “31” y “Social-Revisión”.

Así lo acuerdo y firmo.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Ceprés Asistencia Sanitaria, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a 23 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.364/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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