Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 151
Sección 1.4.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120626-17
Páginas: 1
I. COMUNIDAD DE MADRID
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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
El ilustrísimo señor Viceconsejero de Empleo de la Comunidad de Madrid ha dictado la Resolución que a continuación se relaciona, por la que se suspende la tramitación del recurso de alzada interpuesto contra la correspondiente Resolución de la Dirección General de Trabajo que asimismo se indica:
Servicios de Construcción: “San Agustín de Guadalix, Sociedad Anónima”.
Expediente: 4597/10. Resolución de 6 de mayo de 2011.
Expediente: 666/2011RA. Resolución de 4 de abril de 2012.
Intentada por dos veces la notificación en el domicilio de la destinataria, mediante carta certificada acompañada de aviso de recibo, conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de la Resolución antes relacionada, no ha sido posible su práctica por causas no imputables a la Administración.
Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento correspondiente.
De conformidad con el artículo 61 del mismo texto legal, en evitación de cualquier posible lesión que de la publicación íntegra de la citada Resolución pudiera derivarse para los derechos e intereses legítimos de la interesada, se significa que el texto íntegro de los actos que se notifican se encuentra a su disposición, previa acreditación de su identidad o de la representación conferida mediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestro ordenamiento jurídico, durante el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, en las dependencias de la Subdirección General de Régimen Jurídico, Área de Recursos de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación y Empleo, sita en la calle Alcalá, números 30-32, de Madrid, en horario comprendido entre las nueve y las catorce, de lunes a viernes.
La Resolución pone fin a la vía administrativa, y frente a las mismas cabe interponer demanda ante el Juzgado de lo social en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la recepción de la presente notificación, todo ello sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir, de conformidad con los artículos 2.n, 6.2.b, 10.4 y 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, en relación con la disposición transitoria cuarta del mismo texto legal. Todo ello, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.
Madrid, a 7 de junio de 2012.—El Secretario General Técnico, PD (Resolución de 20 de febrero de 2008, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de marzo de 2008), la Subdirectora General de Régimen Jurídico, Natalia Romero Frigols.
(03/21.635/12)

