Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
14-06-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120614-294

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

294
Demanda 479 de 2011

Doña Araceli Crespo Pascual, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 479 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Mutua Universal Ugenat, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, contra don Domingo Lara Prados, don Francisco Vera Vázquez (administrador concursal), doña Montserrat Cecilia Vallejo, “TG2 Instalaciones, Sociedad Anónima”, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y Fondo de Garantía Salarial, sobre Seguridad Social, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por “Mutua Universal Ugenat, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social Número 10”, en materia de reintegro de prestaciones, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “TG2 Instalaciones, Sociedad Anónima” (intervenida por los administradores concursales don Francisco Vera Vázquez y doña Montserrat Cecilia Vallejo) y don Domingo Lara Prados, debo condenar y condeno a la empresa “TG2 Instalaciones, Sociedad Anónima”, a reintegrar a la “Mutua Universal Ugenat, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social Número 10” la cantidad de 687,80 euros, declarando la responsabilidad subsidiaria del Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social en caso de insolvencia empresarial.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no cabe recurso.

Adviértase de que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “TG2 Instalaciones, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.741/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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