Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
14-06-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120614-181

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

181
Ejecución 394 de 2011

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 394 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Álvarez Jiménez, contra la empresa “Geysa Cuadros Eléctricos, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 7 de mayo de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Dispongo: Examinado el auto despachando ejecución de fecha 6 de febrero de 2012, procede aclararlo y rectificarlo al no estar incluidos los salarios de tramitación en la cantidad objeto de apremio, y se aclara y rectifica el hecho primero de dicho auto quedando redactado el mismo de la siguiente forma.

El día 20 de septiembre de 2011 se ha dictado en este proceso sentencia, aclarada por auto de fecha 13 de marzo de 2012, por la que se condena a “Geysa Cuadros Eléctricos, Sociedad Limitada”, a pagar al que seguidamente se indica las cantidades que también se expresan: a don Ángel Álvarez Jiménez, la cantidad de 22.072,17 euros de principal (correspondiente a la suma de 8.782,54 euros de indemnización, 6.109,60 euros de salarios y 7.180,03 euros de salarios de tramitación).

Dicha resolución ha ganado firmeza sin que conste que por la parte demandada se haya satisfecho el importe de la cantidad líquida y determinada a que asciende la condena.

Asimismo, procede aclarar la parte dispositiva de dicho auto, quedando redactado el primer párrafo de la siguiente forma:

Y cuya parte dispositiva dice: «Se despacha la ejecución general y definitiva de la sentencia dictada en el presente procedimiento a favor de don Ángel Álvarez Jiménez, contra “Geysa Cuadros Eléctricos, Sociedad Limitada”, por la cantidad de 22.072,17 euros de principal, más la de 4.414,43 euros calculada provisionalmente para garantizar el pago de intereses y costas.»

Quedando el resto de su contenido en los mismos términos.

Examinado el Decreto de fecha 6 de febrero de 2012, se procede a aclarar y rectificar el antecedente de hecho segundo quedando redactado de la siguiente forma:

“El citado título ha ganado firmeza sin que conste que la parte demandada haya satisfecho el importe de la cantidad líquida y determinada que en cuantía de 22.072,17 euros en concepto de principal y 4.414,43 euros que provisionalmente se calculan para intereses y costas”.

Asimismo se rectifica el cuarto párrafo de la parte dispositiva, quedando redactado de la siguiente forma:

En caso positivo se acuerda el embargo de las cantidades objeto de apremio, para responder a la cantidad de 22.072,17 euros de principal, más 4.414,43 euros que provisionalmente se calculan para intereses y costas siendo remitidos a la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado.

Se acuerda librar oficio a las oficinas bancarias, así como a la Hacienda Pública, a fin de que comunicarles la modificación de cantidad objeto de apremio y retengan las cantidades que puedan constar a nombre de la ejecutada en función de la nueva cantidad objeto de apremio.

Notifíquese esta resolución a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso que en su caso cabe interponer contra las resoluciones que se aclaran.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Isabel Sánchez Peña.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Geysa Cuadros Eléctricos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.316/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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