Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
14-06-2012

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120614-99

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 2

EDICTO

99
Juicio de faltas 251 de 2011

Don José Alfredo Rodríguez Nuño, secretario del Juzgado de instrucción número 2 de Pozuelo de Alarcón.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 251 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Vistos por mí, doña María Elena Garde García, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Pozuelo de Alarcón, los presentes autos de juicio inmediato de faltas número 251 de 2011, seguidos por una presunta falta de hurto, en los que ha sido parte el ministerio fiscal, y como implicados: don Sergio Hernández Pérez, el representante legal de “Hipercor”, y don Salvador Pérez Alonso, he venido a dictar la presente resolución a la que sirve de base lo siguiente:

Que debo condenar y condeno a don Salvador Pérez Alonso, como autor de una falta de hurto prevista y penada en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de treinta días de multa, con una cuota diaria de 4 euros, con el apercibimiento expreso de que en caso de impago quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como a que por vía de responsabilidad civil indemnice a la entidad “Hipercor” en la cantidad de 155,60 euros y al pago de las costas causadas en la tramitación del presente procedimiento, si las hubiere.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Salvador Pérez Alonso, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Pozuelo de Alarcón, a 27 de abril de 2012.—El secretario (firmado).

(03/18.083/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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