Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141
Sección 4.165.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120614-367
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE MADRID NÚMERO 5
EDICTO
Doña María Dolores Grau García-Blanco, secretaria del Juzgado de violencia sobre la mujer número 5 de Madrid.
Doy fe y testimonio: Que en el divorcio contencioso número 30 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
Vistos por don David Maman Benchimol, magistrado-juez del Juzgado de violencia sobre la mujer número 5 de Madrid y su partido, los presentes autos de divorcio contencioso, seguidos en este Juzgado con el número 30 de 2011, a instancias de doña Nicoleta Nela Dinca, representada por el procurador don José María Rico Maesso y dirigida por el letrado don Luis Felipe Bressed Martínez, contra don Sorin Dinca, en situación de rebeldía procesal, habiendo sido parte el ministerio fiscal.
Parte dispositiva:
Estimo parcialmente la demanda de divorcio contencioso, formulada por el procurador de los tribunales don José María Rico Maesso, en nombre y representación de doña Nicoleta Nela Dinca, mediante escrito con fecha de entrada en este órgano judicial 14 de diciembre de 2011, frente a don Sorin Dinca, y, en su consecuencia, acuerdo la disolución del matrimonio contraído entre ambos, por causa de divorcio, con los efectos propios derivados de toda sentencia de divorcio, antes descritos, con expresa imposición de las costas procesales causadas a la parte demandada, y con los siguientes efectos:
1. Se atribuye a la madre, la guarda y custodia del hijo menor de edad del matrimonio Matei Alexandru Dinca, siendo la patria potestad compartida por ambos progenitores.
2. Se establece el siguiente régimen de visitas a que tiene derecho el padre, don Sorin Dinca, respecto de su hijo menor de edad Matei Alexandru Dinca: fines de semana alternos sin pernocta, sábados y domingos, desde las doce hasta las dieciocho horas.
3. Se establece como pensión alimenticia a favor del hijo menor la cantidad de 150 euros mensuales, que deberá ingresar el padre en los cinco primeros días de cada mes en la cuenta corriente o cartilla de ahorro que se designe al efecto. Dicha cantidad se revisará el día 1 de enero de cada año, de conformidad con el Índice de Precios al Consumo publicado por el Instituto Nacional de Estadística u organismo que en el futuro le sustituya.
4. Los gastos extraordinarios referentes a la salud y educación de los menores se abonarán por mitad por cada progenitor.
5. Se prohíbe la salida del menor Matei Alexandru Dinca del territorio nacional sin el consentimiento expreso de la madre o autorización judicial. Ofíciese a la Comisaría General de Extranjerías y Fronteras a fin de hacer efectiva esta prohibición.
Notifíquese esta sentencia a las partes en legal forma, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, dentro de los veinte días siguientes hábiles y de conformidad con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre (si la parte no tuviese el beneficio de justicia gratuita), al preparar el recurso debe acreditar la consignación del depósito establecido que debe ingresarse en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado número 3414 000 00 más el número del procedimiento y año, no admitiéndose ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.
Igualmente, podrá el recurrente facilitar su número de cuenta bancaria a este Juzgado con el fin de devolverle el mencionado depósito directamente a la misma siempre y cuando sea procedente.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Sorin Dinca, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
En Madrid, a 23 de mayo de 2012.—La secretaria (firmado).
(03/19.541/12)

