Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 131

Fecha del Boletín 
02-06-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120602-139

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

EDICTO

139
Demanda 724 de 2009

Doña Ana María García García, secretaria de lo social del número 4 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de doña Milagros Sánchez González, doña Josefa Rodríguez Sánchez, doña Josefa Villamayor de la Llave, doña Antonia Calahorro Pahisa, doña Patricinio Donoso González y doña Isabel Cano Rodríguez, contra “Cortefiel, Sociedad Anónima”, “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Seguros, Sociedad Anónima”, “Vitalia, Sociedad Anónima”, y Servicio Público de Empleo Estatal, en reclamación por ordinario, registrado con el número 724 de 2009, se ha acordado notificar a “Vitalia, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, las siguientes resoluciones:

Diligencia.—En Madrid, a 6 de mayo de 2011.

La pongo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en fecha 7 de junio de 2011 han sido devueltos los presentes autos por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, junto con testimonio de la resolución recaída y de su firmeza.—Doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Ana María Ruiz Tejero.—En Madrid, a 15 de junio de 2011.

Se acusa recibo de los autos remitidos por el Tribunal Superior de Justicia, con testimonio de la resolución dictada por dicho tribunal.

Habiendo sido consignada por la empresa “Cortefiel, Sociedad Anónima”, la cantidad de 7.297,85 euros en cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala de lo social, se acuerda poner a disposición la citada cantidad, correspondiendo 1.667,01 euros a doña Milagros Sánchez González, 1.192,24 euros a doña María Josefa Villamayor de la Llave, 1.108,36 euros a doña Antonia Calahorro Pahisa, 1.666,74 euros a doña Patrocinio Donoso González y 1.663,50 euros a doña Isabel Cano Rodríguez.

Se requiere a los demandantes a fin de que en el plazo de cuatro días faciliten a este Juzgado los datos de la cuenta bancaria en donde quieren que se les haga el ingreso mediante transferencia, debiendo a tal fin devolver cumplimentado el impreso que se acompaña a esta resolución, siendo requisito imprescindible que figure como titular de dicha cuenta.

Transcurrido dicho plazo sin designar número de cuenta, se expedirá mandamiento de pago, una vez sea firme la presente resolución, que deberán recoger en la Secretaría de este Juzgado sujeto al plazo de caducidad de tres meses a contar desde la fecha de su emisión.

Verificado el pago de las cantidades, archívese el procedimiento sin más trámite, previa nota en los libros de registro correspondientes.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Así lo mando y firmo.—La secretaria judicial (firmado).

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Ana María Ruiz Tejero.—En Madrid, a 30 de junio de 2011.

Visto el anterior escrito presentado por la letrada de los demandantes en fecha 28 de junio de 2011, únase a los autos de su razón, y se acuerda transferir a las cuentas bancarias indicadas las cantidades puestas a disposición de los demandantes en resolución de fecha 15 de junio de 2011.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes.

Así lo ordeno y firmo.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones dirigidas se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Y para que sirva de notificación a “Vitalia, Sociedad Anónima”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 27 de abril de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.203/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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