Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120530-260
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38
EDICTO
El secretario de lo social del número 38 de Madrid.
Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de don Manuel Ramírez Robles, contra don Israel Oliva Nieves, en reclamación por resolución contrato trabajo, registrado con el número 1.386 de 2011, se ha acordado citar a don Israel Oliva Nieves, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 6 de junio de 2012, a las diez y diez horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 38 sito en calle Princesa, número 3, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.386 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Manuel Ramírez Robles contra la empresa don Israel Oliva Nieves, sobre resolución contrato trabajo, se ha dictado auto de fecha de 27 de febrero de 2012, cuyo parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva:
Dispongo:
1. Denegar la medida cautelar solicitada por don Manuel Ramírez Robles, frente a don Israel Oliva Nieves.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la cuenta de consignaciones de este Juzgado de lo social número 38 abierta en “Banesto”, cuenta número debiendo indicar en el campo concepto, “Recurso” seguida del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el “código 30 Social-Reposición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.—El magistrado-juez (firmado).
Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Israel Oliva Nieves, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.
En Madrid, a 18 de mayo de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/18.256/12)

