Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128
Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120530-76
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE PEZUELA DE LAS TORRES
OTROS ANUNCIOS
Con fecha 20 de enero de 2012 se ha dictado por la Alcaldía de este Ayuntamiento la providencia que a continuación se transcribe, cuya notificación al interesado, don Julián Rivera Quintana, no ha podido ser practicada, por lo que se procede a su publicación, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:
“Visto el informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales sobre el posible estado de ruina del inmueble situado en la Calle Sergio Caballero, número 15, de esta localidad así como el informe de Secretaría, y de acuerdo con lo establecido por el artículo 171.2 de la Ley 2/2001, de 17 de julio, y artículo 20 del Reglamento de Disciplina Urbanística, aprobado por Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio,
DISPONGO
Primero.—Iniciar el expediente contradictorio de declaración de ruina ordinaria del edificio situado en la calle Sergio Caballero, número 15, de esta localidad, propiedad de don Julián Rivera Quintana, el cual ha sido incoado a instancias de los Servicios Técnicos Municipales.
Segundo.—El expediente se pondrá de manifiesto a los propietarios y demás titulares de derecho afectados, a tenor de lo dispuesto en el artículo 171.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, dándoles traslado, del informe técnico, para que en un plazo de diez días aleguen y presenten por escrito los documentos y justificaciones que estimen pertinentes en defensa de sus respectivos derechos, según se desprende del artículo 20.1 del Reglamento de Disciplina Urbanística.
Tercero.—Adoptar medidas de seguridad suficientes que impida el acceso de personas a su interior, hasta que se adopte el acuerdo que proceda, proponiendo la adopción de medidas excepcionales de protección, tales como vallado y demolición de carácter inmediato”.
Lo que se pone en su conocimiento a los efectos de los artículos 171.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, y 20.1 del Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística.
Asimismo, se da traslado literal de los informes técnicos para que en el plazo de diez días pueda formular las alegaciones que estime pertinentes y aportar cuantos documentos y justificaciones considere oportunos en defensa de sus derechos.
En Pezuela de las Torres, a 24 de abril de 2012.—La alcaldesa-presidenta, Elena Fernández Carmona.
(02/3.729/12)

