Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 127

Fecha del Boletín 
29-05-2012

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120529-84

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

84
Impuesto bienes inmuebles naturaleza urbana 2012

Aprobado por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 23 de marzo de 2012, los padrones del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, de rústica y de bienes de características especiales de 2012, se expone al público por plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinarlo y, en su caso, formular las reclamaciones oportunas.

Esta exposición, al tratarse de tributos de cobro periódico por recibo, tiene carácter de notificación colectiva a que hace referencia el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (“Boletín Oficial del Estado” de 18 de diciembre de 2003).

Contra la liquidación conducente a la determinación de la deuda tributaria, emisión de los documentos de cobro, concesión y denegación de exenciones y bonificaciones y actos recaudatorios, podrá interponerse recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde la finalización del periodo de exposición al público de este anuncio, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (“Boletín Oficial del Estado” de 9 de marzo de 2004).

El plazo de cobranza en período voluntario del impuesto sobre bienes inmuebles de características especiales del año 2012 es desde el 1 de septiembre hasta el 30 de noviembre.

Las Rozas de Madrid, a 28 de marzo de 2012.—El concejal de Hacienda y Régimen Interior, José Luis Álvarez de Francisco.

(02/3.190/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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