Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 123
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120524-136
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 340 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carvajal Casanova Orlando, contra la empresa “Zurconsa Obras y Construcciones, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado el día 17 de febrero de 2012 resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Parte dispositiva:
Se decreta el embargo y precinto del vehículo propiedad de la apremiada “Zurconsa Obras y Construcciones, Sociedad Limitada”, que a continuación se describe, con los datos de identificación conocidos:
Matrícula: 5497CBK.
Marca: “Iveco”.
Modelo: 50C11.
Número de bastidor/número de chasis, en su caso: ZCFC5070005403477.
Fecha de matriculación: 18 de octubre de 2002.
Líbrese y remítase directamente y de oficio mandamiento por duplicado al ilustre señor registrador de Bienes Muebles Provincial, Sección de Automóviles y Otros Vehículos de Motor, obrante en el mismo, para que practique el asiento que corresponda relativo al embargo trabado sobre el vehículo indicado, se expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad que conste del bien y, en su caso, de sus cargas y gravámenes, advirtiéndose que deberá comunicar a este Juzgado la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado (artículo 255 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social), y debiéndose devolver un ejemplar debidamente cumplimentado.
Sin perjuicio de lo anterior, y quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 4.599,46 euros de principal y 900 euros de intereses y costas sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la ejecutada, procédase a dictar insolvencia y antes de ello, conforme lo previsto en el artículo 274.1 de la Ley de Procedimiento Laboral a dar audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en término de quince días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, designando en tal caso bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.
Ofíciese a la unidad administrativa correspondiente para la efectividad del precinto y conveniente depósito.
Notifíquese la presente resolución a las partes, posponiendo su notificación a la ejecutada hasta tanto sea efectiva la traba de lo embargado y a fin de asegurar su efectividad.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Zurconsa Obras y Construcciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 12 de abril de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
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