Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121
Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120522-16
Páginas: 1
I. COMUNIDAD DE MADRID
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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Por medio del presente anuncio se notifica a “Rufa Passion, Sociedad Limitada”, con domicilio en la calle Playa del Sardinero, número 3, primero, 6, de Madrid, el oficio emitido el 9 de abril de 2012, por la Subdirección General de Economía de la Dirección General de Economía, Estadística e Innovación Tecnológica, sobre requerimiento para la presentación de documentación en relación con la solicitud de compensación fiscal de determinadas tasas municipales vinculadas al inicio de actividades profesionales o empresariales, según Acuerdo de 19 de mayo de 2011, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, con el siguiente tenor literal:
Vista la solicitud de participación en la convocatoria de ayudas realizada por “Rufa Passion, Sociedad Limitada”, destinada a la compensación de tasas municipales, y a efectos de lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, deberá presentar los documentos que se indican a continuación:
— Documento de autoliquidación o liquidación de la tasa municipal, así como de la acreditación del pago y, en su caso, documentación acreditativa del pago del precio abonado a las entidades públicas o privadas conforme a lo dispuesto en el apartado segundo-cuatro del Acuerdo.
— Declaración Censal de Alta en el censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, modelo 036 o 037 de la AEAT (primer alta inicial, no posibles modificaciones posteriores).
— Certificado de hallarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social, a efectos de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
— Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado, a efectos de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, o autorización escrita para que la Comunidad de Madrid pueda recabar el citado certificado.
Dicha documentación deberá presentarse dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación de este requerimiento, en el Registro de la Consejería de Economía y Hacienda, sita en la calle Príncipe de Vergara, número 132, primera planta, 28002 Madrid, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
En caso de no presentar la totalidad de la documentación requerida dentro del plazo anteriormente indicado, se le tendrá por desistido de su petición, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71 citado.
Si lo estima oportuno, puede manifestar su disconformidad con los datos obtenidos en el mismo ante los órganos competentes, debiendo aportar una copia de la solicitud presentado ante dicho organismo para la modificación del contenido del certificado, adjuntando los elementos de prueba pertinentes para acreditar dicha solicitud.
Lo que se notifica conforme a lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 3 de enero, toda vez que no ha podido practicarse la notificación del oficio mencionado.
Madrid, a 25 de abril de 2012.—El Subdirector General de Economía, Enrique Morales García.
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