Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
22-05-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120522-142

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

142
Ejecución 54 de 2012

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 54 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Vicente Coaquira Matías, contra la empresa “Mármoles Piedranor, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Únase el oficio de “FCC” sobre la mencionada transferencia de fecha 11 de abril de 2012, por importe de 736,34 euros, procedente del embargo de créditos acordado de la empresa ejecutada, póngase a disposición de don Vicente Coaquira Matías la cantidad de 633,34 euros, en concepto de principal, y una vez se reciba el correspondiente resguardo de “Banesto” con la aplicación del dinero, y una vez sea firme la presente, entréguese el correspondiente mandamiento de devolución en la Secretaría de este Juzgado, haciéndole saber que los mandamientos caducan a los tres meses desde su expedición.

Obrando en la cuenta de este procedimiento dinero para cubrir el resto de principal, más intereses y costas provisionales, se acuerda el levantamiento de los embargos acordados, y en su virtud, líbrense y remítanse los despachos oportunos.

Se requiere a la letrada doña Teresa Vicente Conde para que en el plazo de cinco días presente los justificantes de los gastos que considere oportunos para su inclusión en la tasación de costas y liquidación de intereses, bajo apercibimiento de que transcurrido dicho plazo sin haberlos aportado, se le tendrá por precluida en dicho trámite y, de conformidad con lo previsto en el artículo 244.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, una vez acordado el traslado de la tasación que se practique no se admitirá la inclusión de partida alguna, reservando al interesado su derecho para reclamarla de quién y cómo corresponda.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, ante la secretaria judicial que dicta esta resolución, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mármoles Piedranor, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de abril de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.726/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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