Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
18-05-2012

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120518-42

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

42
Modificación créditos

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 en concordancia con el artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público a efectos de reclamaciones el expediente número 1, de modificación de créditos en el presupuesto de este Ayuntamiento prorrogado para el año 2012, mediante créditos extraordinarios y suplementos de créditos, que se financia por operaciones de préstamo a largo plazo de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las Entidades Locales y Real Decreto Ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea al fondo para la financiación de los pagos a proveedores, aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 15 de mayo de 2012.

Los interesados que estén legitimados, según lo dispuesto en el artículo 170.1 del mencionado Real Decreto y por los motivos taxativamente enumerados en el punto 2 de dicho artículo 170 podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General de este Ayuntamiento.

c) Organismo ante quien se reclama: Ayuntamiento Pleno.

Alcalá de Henares, a 16 de mayo de 2012.—El alcalde (firmado).

(03/17.371/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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