Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120425-203
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE HUELVA NÚMERO 1
EDICTO
Doña María Ángeles Quintas Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Huelva.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1.300 de 2011, a instancias de la parte actora, don Blas Vázquez Cabello, contra “Petroleum Oil & Gas España, Sociedad Anónima”, sobre despido objetivo individual, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva:
Dispongo: Admitir esta demanda presentada en materia de despido.
Señalar el día 26 de abril de 2012, a las ocho y cuarenta horas, para la celebración del acto de juicio, en la Sala de vistas de este Juzgado, sito en la calle Alonso Sánchez, número 1, para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación, a celebrar ante la secretaria judicial.
Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que, de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá la secretaria judicial, en el primer caso, y el juez, en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía.
Poner en conocimiento de la demandada en el momento de su citación que el actor ha solicitado prueba de su interrogatorio y que, en caso de admitirse esta por el magistrado-juez en el acto del juicio, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales, y que en caso de que el interrogatorio no se refiera a hechos personales, se admitirá su respuesta por un tercero que conozca personalmente los hechos, si la parte así lo solicita y acepta la responsabilidad de la declaración (artículo 91.2 y 91.4 de la Ley de Procedimiento Laboral).
Dar cuenta a su señoría del señalamiento efectuado a los efectos del artículo 182 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos a la resolución recurrida.
Y para que sirva de notificación a la demandada “Petroleum Oil & Gas España, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
En Huelva, a 29 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/14.592/12)

