Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
25-04-2012

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120425-45

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PINTO

URBANISMO

45
Estatuto Unidad Ejecución 6

De conformidad con lo establecido en la legislación vigente, y con objeto de ofrecer una mayor información se hace público que por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 1 de febrero de 2012, se adoptó acuerdo de aprobación definitiva de los Estatutos de la Entidad de Conservación de la Unidad de Ejecución 6 presentados por la Junta de Compensación UE-6, polígono “Las Arenas”, de esta localidad, con las modificaciones introducidas en los artículos 6 y 15 con respecto a la publicación del texto íntegro de los referidos estatutos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 153, de 30 de junio de 2009, quedando estos como sigue:

“Artículo 6. Duración.—La duración de la entidad será indefinida.

Artículo 15. Cuotas de participación.—Los coeficientes de participación de cada miembro de la presente entidad resultan de poner en relación la superficie de cada parcela con el total. Esta cuota se ha calculado en función del porcentaje que cada propiedad representa en el conjunto de la total superficie del ámbito del sector. Estas cuotas se hacen constar en el cuadro correspondiente que figura como anexo a los presentes estatutos el cual resulta de la propia reparcelación del sector y en tanto este no sea modificado por la asamblea general o a consecuencia de la división de alguna finca.

La propia participación en derechos y obligaciones es aplicable a los elementos de propiedad común, si los hubiere”.

Pinto, a 9 de febrero de 2012.—El concejal-delegado de Ordenación del Territorio, Julio López Madera.

(02/2.584/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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