Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
25-04-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120425-174

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

174
Demanda 28 de 2011

Doña Leonor González Mosqueira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 28 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Carlos Juma Juma, contra las empresas “Manipulados Raca 41, Sociedad Limitada”, “Diez Retráctil, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Ensabe, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 84 de 2012

En Madrid, a 14 de marzo de 2012.—Vistos por su señoría ilustrísima, doña María Luz Rico Recondo, magistrada-juez titular del Juzgado de lo social número 39 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal del orden social de la jurisdicción, en reclamación de cantidad, entre las siguientes partes: como demandante, don Juan Carlos Juma Juma, asistido del letrado don Luis García Chillón, y como parte demandada, las empresas “Diez Retráctil, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Manipulados Raca 41, Sociedad Limitada”, “Ensabe, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial.

Por lo razonado, vistos los preceptos legales citados y demás de preferente y pertinente aplicación,

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por don Juan Carlos Juma Juma, frente a “Diez Retráctil, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Manipulados Raca 41, Sociedad Limitada”, y “Ensabe, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a las demandadas al abono al actor de la suma de 4.162,23 euros en concepto de cantidad bruta reclamada, que deberá ser incrementada por el recargo del 10 por 100 de interés por mora.

Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación en el plazo y forma establecidos en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Diez Retráctil, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Manipulados Raca 41, Sociedad Limitada”, y “Ensabe, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/12.088/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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