Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120425-116
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.464 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juárez Franca Lacerda, contra don Manuel Villareal Scarabello, doña Sandra Catalina Medina Troncoso, “Andimar Express, Sociedad Limitada”, “Cachapoal, Sociedad Limitada”, “Mavitrans Siglo XXI, Sociedad Limitada”, “Transred por Carretera, Sociedad Limitada”, e “Interdean” sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Parte dispositiva:
Acuerdo: Tener por desistido a don Juárez Franca Lacerda de su demanda.
Llévese testimonio de la presente resolución a los autos y una vez firme la presente, archívense las actuaciones sin más trámite, dejando nota en los libros de registro de este Juzgado.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2516 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Cachapoal, Sociedad Limitada”, y “Mavitrans Siglo XXI, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 21 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/12.169/12)

