Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98
Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120425-93
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Rosa María Pérez Garrudo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 59 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Cuena Belda, contra la empresa “Prevención y Control Punto Cinco, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado el siguiente decreto:
Acuerdo: Aprobar la liquidación de intereses practicada por importe de 45,51 euros a cuyo pago resulta condenada “Prevención y Control Punto Cinco, Sociedad Limitada”, en las presentes actuaciones.
Firme la presente resolución, póngase a disposición de don Manuel Cuena Belda, el mandamiento de pago por importe de 45,51 euros en concepto de pago de intereses.
Se cita a don Manuel Cuena Belda (personalmente o por medio de persona con poder) a fin de que comparezca en la Secretaría de este Juzgado, de nueve a catorce horas, de lunes a viernes, al objeto de proceder a la entrega del mandamiento de devolución por la referida cantidad, bajo apercibimiento, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 467/2006, de 21 de abril, de que el mismo caduca a los tres meses contados desde el día siguiente a la fecha de emisión, así como que transcurrido un año desde la misma sin hacer efectivo el mandamiento o sin comparecer a recogerlo, se procederá a transferir dicha cantidad a la “Cuenta de Fondos Provisionalmente Abandonados”.
Firme la presente resolución, póngase a disposición de “Prevención y Control Punto Cinco, Sociedad Limitada”, la cantidad de 393,92 euros en concepto de sobrante.
Se cita a “Prevención y Control Punto Cinco, Sociedad Limitada”, (personalmente o por medio de persona con poder) a fin de que comparezca en la Secretaría de este Juzgado, de nueve a catorce horas, de lunes a viernes, al objeto de proceder a la entrega del mandamiento de devolución por la referida cantidad, bajo apercibimiento, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 467/2006, de 21 de abril, de que el mismo caduca a los tres meses contados desde el día siguiente a la fecha de emisión, así como que transcurrido un año desde la misma sin hacer efectivo el mandamiento o sin comparecer a recogerlo, se procederá a transferir dicha cantidad a la “Cuenta de Fondos Provisionalmente Abandonados”.
Tener por terminado el presente procedimiento de ejecución número 59 de 2011 y levantar el embargo trabado sobre los bienes propiedad de la ejecutada “Prevención y Control Punto Cinco, Sociedad Limitada”, librando a tal fin los oportunos oficios.
Asimismo, una vez firme la presente resolución, procédase al archivo del presente procedimiento.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Prevención y Control Punto Cinco, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 22 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/12.170/12)

