Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 93
Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120419-131
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 969 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Elizabeth Mamani Queque, contra “Ragadiasa, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado diligencia de ordenación cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Ismael Pérez Martínez.—En Madrid, a 11 de abril de 2012.
Dada cuenta el escrito presentado por la parte actora el 9 de febrero de 2012 solicitando ejecución de la sentencia, únase a los autos de su razón y dese traslado a las partes.
Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta o indemnización, en sentencia de fecha 17 de enero de 2012 a “Ragadiasa, Sociedad Limitada”, en favor de la demandante doña Elizabeth Mamani Queque y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en calle Princesa, número 3, el día 26 de abril de 2012, a las ocho y treinta y cinco horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.
Notifíquese a las partes esta resolución.
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).—El secretario judicial (firmado).
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ragadiasa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 11 de abril de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/13.682/12)

