Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 93

Fecha del Boletín 
19-04-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120419-113

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 84

EDICTO

113
Juicio verbal 1.836 de 2010

En el presente procedimiento ordinario seguido a instancias de la comunidad de propietarios de la calle Provisiones, número 20, frente a don Gabriel Francisco Díaz Díaz y a doña Cándida María de los Ángeles Díaz Díaz, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Demandante: comunidad de propietarios de la calle Provisiones, número 20.

Procuradora: doña Rosalva Yanes Pérez.

Letrada: doña Concepción Martín Íñigo.

Demandados: don Gabriel Francisco Díaz Díaz y doña Cándida María de los Ángeles Díaz Díaz, en situación procesal de rebeldía.

Sentencia número 198 de 2011

En Madrid, a 23 de noviembre de 2011.—Visto por doña Raquel Blázquez Martín, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 84 de Madrid, el presente juicio verbal número 1.836 de 2010, seguido a instancias de la comunidad de propietarios de la calle Provisiones, número 20, representada por la procuradora doña Rosalva Yanes Pérez y asistida por la letrada doña Concepción Martín Íñigo, contra don Gabriel Francisco Díaz Díaz y doña Cándida María de los Ángeles Díaz Díaz, ambos en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad, se procede a dictar la presente resolución.

Fallo

1. Estimar sustancialmente la demanda interpuesta por la comunidad de propietarios de la calle Provisiones, número 20, contra don Gabriel Francisco Díaz Díaz y doña Cándida María de los Ángeles Díaz Díaz, a quienes condeno solidariamente a pagar a la actora la suma de 4.474,14 euros.

2. Los demandados abonarán igualmente los intereses en la forma establecida en el fundamento de derecho tercero de esta resolución.

3. Condeno a los demandados al pago de las costas del pleito.

Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que se formulará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación. Para la presentación de dicho recurso es necesaria la constitución de depósito en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial y por el importe previsto en tal norma, lo que deberá ser acreditado a la presentación del recurso, así como acreditar, en el caso de la parte demandada, haber pagado o consignado la cantidad objeto de condena en esta sentencia.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez.

Y encontrándose dichos demandados, don Gabriel Francisco Díaz Díaz y doña Cándida María de los Ángeles Díaz Díaz, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Madrid, a 23 de noviembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(02/1.338/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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