Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 90
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120416-117
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE FERROL NÚMERO 1
EDICTO
Doña María Luz García Iglesias, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Ferrol.
Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 38 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Torralba Fernández, contra la empresa “Entrecanales y Távora, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Providencia
Ilustrísimo magistrado-juez de lo social, don Alejandro Gracia Lafaja.—En Ferrol, a 6 de febrero de 2012.
Con relación a la pretensión expresada por el demandante, don Antonio Torralba Fernández, en el escrito de demanda, acuerdo: Admitir la práctica de la prueba anticipada, consistente en requerir a la empresa demandada a fin de que con una antelación de diez días respecto de la fecha de juicio aporten a los autos la documental requerida en el apartado b.1).
Admitir la práctica de la prueba de interrogatorio, citándose a los representantes legales de la demandada, a quien se haga los apercibimientos legales pertinentes.
Admitir la práctica de la prueba documental de acuerdo con lo solicitado en los apartados 2) y 3).
Admitir la práctica de la prueba testifical y pericial, citándose a los testigos y peritos a quienes se hagan los apercibimientos legales.
Notifíquese a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante este órgano judicial en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá consignar la cantidad de 25 euros en concepto de depósito para recurrir en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado de lo social número 1 abierta en “Banesto”, cuenta número 1564, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el código “31 Social-Reposición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
Así lo acuerda y firma su señoría.—Doy fe.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a “Entrecanales y Távora, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Ferrol, a 2 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
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