Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84

Fecha del Boletín 
09-04-2012

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120409-133

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección Decimocuarta

EDICTO

133
Recurso apelación 232 de 2010

La Sección Decimocuarta de la Audiencia Provincial de Madrid.

Hace saber: que en el recurso de apelación número 232 de 2010, seguido a instancias de “Kistel Construcciones, Sociedad Limitada”, y don Luis Carmona Jiménez, contra la sentencia dictada por el Juzgado de primera instancia número 2 de Alcalá de Henares en el juicio ordinario número 318 de 2007, seguido a instancias de Entidad Urbanística de Conservación “Finca La Cardosa”, contra don Luis Carmona Jiménez, doña Victoria González Fernández, “Exinco 80, Sociedad Anónima”, “Kistel Construcciones, Sociedad Limitada Sociedad Unipersonal”, con fecha 16 de marzo de 2011, se ha dictado sentencia resolviendo el recurso, por los magistrados don Pablo Quecedo Aracil, doña Amparo Camazón Linacero y don Juan Uceda Ojeda, cuyo fallo es del siguiente tenor:

Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por la sociedad unipersonal de responsabilidad limitada “Kistel Construcciones” y por don Luis Carmona Jiménez, que viene representado ante esta Audiencia Provincial por la procuradora doña Mercedes Caro Bonilla, contra la sentencia dictada el día 2 de marzo de 2009, por el Juzgado de primera instancia número 2 de Alcalá de Henares en el procedimiento ordinario registrado con el número 318 de 2007, debemos confirmar y confirmamos la referida resolución, con expresa condena a la parte apelante al pago de las costas devengadas en esta segunda instancia.

Hágase saber al notificar esta resolución las prevenciones del artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación en forma al apelado incomparecido: “Exinco 80, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, haciendo saber que contra dicha resolución no cabe recurso ordinario alguno, libro el presente.

En Madrid, a 17 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(02/2.549/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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