Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120409-176
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE FERROL NÚMERO 2
EDICTO
Doña Marta de Vicente Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Ferrol.
Hago saber: Que en el procedimiento de Seguridad Social número 924 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Mercedes Porta Rodríguez, contra las empresas “Naviera Fierro”, “Isleña Marítima de Contenedores, Sociedad Anónima”, “Kerión Marítima, Sociedad Limitada”, “Bestdene Española, Sociedad Limitada”, “Canaria de Fletamentos, Sociedad Limitada”, “Alba Meril, Sociedad Limitada”, “Nascentia Internacional, Sociedad Limitada”, “Sociedad Naviera Box Marine, Sociedad Anónima”, Tesorería General de la Seguridad Social e Instituto Social de la Marina, sobre Seguridad Social, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Parte dispositiva:
Acuerdo: Admitir la demanda presentada sobre la Seguridad Social.
Requerir a las empresas codemandadas para que en cuatro días presenten documento acreditativo de la cobertura de riesgo, bajo los apercibimientos legales (artículo 142.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
Que se remita por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social informe relativo a las circunstancias en que sobrevino el accidente o enfermedad, trabajo que realizaba la accidentada o enferma, salario que percibía y base de cotización, el cual será expedido en el plazo máximo de diez días (artículo 142.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
Que se remita por la entidad gestora o servicio común que corresponda el expediente original o copia del mismo o de las actuaciones, y, en su caso, informe de los antecedentes que posea en relación con el contenido de la demanda, en el plazo de diez días, así como informe en relación a lo dispuesto en el artículo 143.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
Notifíquese a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a “Alba Meril, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Ferrol, a 28 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
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