Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120327-167
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 254 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María de la Encarnación Caballero Ramírez y don Ignacio Cuéllar de Juana, contra las empresas “Work Group Servicio de Montajes, Sociedad Limitada”, “Bitton Equipamientos, Sociedad Limitada”, “Grupo Bittal AAP Corporation, Sociedad Limitada”, e “Industrial Almazán Aguilera, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 16 de febrero de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva:
Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia de fecha 28 de junio de 2011 a favor de la parte ejecutante, doña María de la Encarnación Caballero Ramírez y don Ignacio Cuéllar de Juana, frente a “Work Group Servicio de Montajes, Sociedad Limitada”, “Bitton Equipamientos, Sociedad Limitada”, “Grupo Bittal AAP Corporation, Sociedad Limitada”, e “Industrial Almazán Aguilera, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, en forma solidaria, por importe de 42.737,78 euros en concepto de principal (a doña María de la Encarnación Caballero Ramírez, 15.343,38 euros indemnización, más 1.534,33 euros de salarios de tramitación, total 16.877,71 euros; a don Ignacio Cuéllar de Juana, 23.509,17 euros de indemnización, más 2.350,9 euros, total 25.860,07 euros), más otros 2.991,64 euros y 4.273,77 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial las partes o interesados y, en su caso, los profesionales asignados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación.
Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, decreto que ponga fin al procedimiento o resuelva incidente o se trate de emplazamiento.
Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Work Group Servicio de Montajes, Sociedad Limitada”, “Bitton Equipamientos, Sociedad Limitada”, “Grupo Bittal AAP Corporation, Sociedad Limitada”, e “Industrial Almazán Aguilera, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 16 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/8.261/12)

