Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120326-286
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33
EDICTO
Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.
Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos con el número 1.225 de 2010, hoy ejecución número 196 de 2011, a instancias de don Antonio Montoro Galiana, contra las empresas “Beluchi Casoni, Sociedad Limitada”, y “Exclusividad y Encanto, Sociedad Limitada”, sobre despido, en los que en fecha 21 de febrero de 2012 se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva:
Extinguir la relación laboral que vincula a don Antonio Montoro Galiana con la mercantil “Exclusividad y Encanto, Sociedad Limitada”, a la que se condena a que le abone por este motivo una indemnización de 64.964,76 euros.
Además, el demandante deberá percibir los salarios de tramitación desde la fecha del despido (17 de septiembre de 2010) hasta el 1 de marzo de 2011 en cuantía de 3.093,56 euros mensuales, los que hasta el 6 de octubre de 2010 corresponderán a “Beluchi Casoni, Sociedad Limitada”, y el resto a “Exclusividad y Encanto, Sociedad Limitada”, que también deberá asumir los salarios de tramitación devengados desde el 1 de marzo de 2011 hasta la fecha de esta resolución pero a razón de 1.893,56 euros mensuales.
Nombre del trabajador: don Antonio Montoro Galiana.
Indemnización: 64.964,76 euros.
Salarios que corresponde abonar a “Beluchi Casoni, Sociedad Limitada”, 1.959,28 euros (103,12 euros por día).
Salarios que corresponde abonar a “Exclusividad y Encanto, Sociedad Limitada”, 15.055,52 euros (103,12 euros por día), más 22.470,72 euros (63,12 euros por día).
Total de salarios de tramitación: 37.526,24 euros.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Beluchi Casoni, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente en Madrid, a 21 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/7.958/12)

