Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 62
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120313-190
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE HUELVA NÚMERO 3
EDICTO
Doña María del Carmen Bellón Zurita, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Huelva.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 22 de 2012, a instancias de la parte actora don Antonio Vélez Gómez, contra “Nilefos Química, Sociedad Anónima”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha 18 de enero de 2012 del tenor literal siguiente:
Fallo
Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Antonio Vélez Gómez, contra “Nilefos Química, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la suma de 12.865,42 euros.
No se efectúa pronunciamiento respecto del Fondo de Garantía Salarial, a salvo lo dispuesto en el artículo 33 del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores.
Notifíquese esta sentencia a las partes y se les advierte que contra ella cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciable en el plazo de cinco días hábiles siguientes a tal notificación, por escrito, o comparecencia o mediante simple manifestación al notificarle la presente, ante este Juzgado de lo social.
Dicha resolución es firme, habiendo transcurrido más de veinte días desde su notificación al demandado.
Que se ha solicitado la ejecución de la resolución por la vía de apremio, toda vez que por la demandada no se ha satisfecho el importe de la cantidad objeto de la condena.
Consta en este Juzgado de lo social número 3 de Huelva que con fecha 2 de julio de 2011 se ha dictado decreto de insolvencia en los autos número 1.236 de 2009, ejecutoria número 186 de 2011.
Parte dispositiva:
Su señoría ilustrísima dijo: Procédase a la ejecución de la sentencia por la suma de 12.865,42 euros en concepto de principal, más la de 2.600 euros calculadas para intereses y gastos, y habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional, dese audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones de la deudora que puedan ser objeto de embargo.
Extráigase testimonio del decreto de insolvencia correspondientes a los autos número 1.236 de 2009 para su unión a las presentes actuaciones.
Notifíquese esta resolución en legal forma a las partes advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación, en el que además podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, en los supuestos contemplados en el artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, debiéndose consignar la cantidad de 25 euros en la cuenta número 1932/0000/30/0022/12 abierta a nombre de este Juzgado, en la oficina principal de “Banesto” (calle Marina, número 2) de esta ciudad, estando exentos de esta obligación los que tengan condición de trabajadores o beneficiarios de la Seguridad Social, ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
Así por este auto lo acuerda, manda y firma doña María Auxiliadora Salvago Sanz, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Huelva.—Doy fe.
Y para que sirva de notificación a la demandada “Nilefos Química, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presentes para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
En Huelva, a 18 de enero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/6.397/12)

