Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 58
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120308-203
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 294 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Óscar Caro Merchante, contra la empresa “Athena Educational Consulting, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
Decreto
Secretario judicial, don Máximo Javier Herreros Ventosa.—En Madrid, a 22 de diciembre de 2011.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
Parte dispositiva:
En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Librar los despachos pertinentes a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada, que se remitirán a los oficinas de colocación correspondientes, y se comunique al Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la interesada hasta cubrir las cantidades objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con el número 2526/ 0000/00/1560/2010.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Athena Educational Consulting, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 27 de diciembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/5.627/12)

