Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 58

Fecha del Boletín 
08-03-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120308-196

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

196
Demanda 1.332 de 2010

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.332 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Clara Guanolisa Chuqui, contra la empresa “Residencia Los Madroños, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia del tenor literal siguiente:

Sentencia número 52 de 2012

En Madrid, a 31 de enero de 2012.—Vistos por el ilustrísimo señor don Ángel Luis del Olmo Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 25 de Madrid, los presentes autos número 1.332 de 2010, seguidos a instancias de doña María Clara Guanolisa Chuqui, con documento nacional de identidad número 46.870.916, asistida por la letrada doña Isabel Ortega Núñez, contra la empresa “Residencia Los Madroños, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en legal forma, en reclamación sobre cantidad, que se ha dictado la siguiente resolución.

Vistos los preceptos legales de común y general aplicación,

Fallo

Que con estimación de la demanda deducida por doña María Clara Guanolisa Chuqui, contra la empresa “Residencia Los Madroños, Sociedad Limitada”, en reclamación sobre cantidad, debo condenar y condeno a la empresa “Residencia Los Madroños, Sociedad Limitada”, a que abone a la trabajadora doña María Clara Guanolisa Chuqui la suma de 3.881,92 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la presente o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en lacuenta abierta en “Banesto”, oficina 1033, a nombre de este Juzgado con el número 2523, acreditando el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la mencionada cuenta, la cantidad objeto de condena o se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así lo pronuncia, manda y firma.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Residencia Los Madroños, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.610/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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