Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 58

Fecha del Boletín 
08-03-2012

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120308-9

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 28 de febrero de 2012, por la que se hace público el acuerdo de la Comisión de Urbanismo relativo al Plan Especial de Infraestructuras del Plan Director de “Suministro de agua de riego con agua reutilizable”, en el término municipal de Rivas-Vaciamadrid, promovido por el Canal de Isabel II (Ac. 20/12).

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en la sesión celebrada el día 28 de febrero de 2012, examinó el expediente relativo al Plan Especial de Infraestructuras del Plan Director de “Suministro de agua de riego con agua reutilizable”, en el término municipal de Rivas-Vaciamadrid, promovido por el Canal de Isabel II.

En virtud del contenido del informe técnico-jurídico, de fecha 14 de febrero de 2012, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General el 14 de febrero de 2012, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, adoptó el acuerdo del siguiente tenor literal:

Primero

Estimar parcialmente las alegaciones formuladas por parte de don Adolfo Maldonado Martín, en representación de “Roa Procoinsa, Sociedad Limitada”, propietaria única del “Sector SR-C La Fortuna”, con fecha 20 de diciembre de 2006; por la sociedad “Sociedad Avantis”, con fecha 22 de diciembre de 2006 y por don Luis Domercq Jiménez, como presidente de la Junta de Compensación del Sector B “Cristo de Rivas”, con fecha de 21 de diciembre de 2006.

Segundo

Aprobar definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras del Plan Director de “Suministro de agua de riego con agua reutilizable”, en el término municipal de Rivas-Vaciamadrid, promovido por el Canal de Isabel II.

El desarrollo de las actuaciones deberá sujetarse a las condiciones expresadas en los informes de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, de fecha 29 de noviembre de 2006; de la Dirección General de Salud Pública y Alimentación, de fecha 18 de diciembre de 2006; de la Junta Rectora del Parque Regional en torno a los cursos bajos de los ríos Manzanares y Jarama, de fechas 31 de enero de 2007 y 8 de noviembre de 2007; de la Dirección General de Patrimonio Histórico, de fecha 22 de julio de 2010; de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de fecha 30 de noviembre de 2006; de la Dirección General de Evaluación Ambiental, de fecha 14 de marzo de 2011; de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento, de fecha 25 de noviembre de 2011, y del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, de fecha 26 de diciembre de 2006, obrantes en el expediente.

Tercero

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado Plan Especial se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, y en www.madrid.org, donde puede ser consultado.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 28 de febrero de 2012.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(01/651/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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