Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 58

Fecha del Boletín 
08-03-2012

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120308-49

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Área Institucional e Internacional

Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno

49
Estructura Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales

Acuerdo de 19 de enero de 2012, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de rectificación de error material en el acuerdo de 5 de enero de 2012, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos.

Mediante acuerdo de 5 de enero de 2012, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, se estableció la estructura del Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales, delegándose competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos.

Advertida la existencia de un error material en el punto 2.2.2 del apartado 2 del artículo 7, relativo a la errónea transcripción de la denominación de uno de los Departamentos dependientes de la Subdirección General de Coordinación Administrativa y Atención Social Primaria, se procede a su subsanación.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a propuesta de la delegada del Área de Familia y Servicios Sociales, y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 19 de enero de 2012, acuerda:

Primero.—Rectificar el error material advertido en el punto 2.2.2 del apartado 2 del artículo 7 del acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 5 de enero de 2012, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos, en los términos que a continuación se indican:

Donde dice: “2.2.2. Departamento de Control y Seguimiento de la Atención Social Primaria”.

Debe decir: “2.2.2. Departamento de Gestión, Control y Seguimiento de la Atención a la Dependencia”.

Segundo.—El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, a efectos de conocimiento general.

Tercero.—Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno a fin de que quede enterado del mismo.

Madrid, a 19 de enero de 2012.—La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Casilda Méndez Magán.

(03/2.004/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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