Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
03-03-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120303-160

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

160
Ejecución 7 de 2010

Don Fernando Alonso de Lera, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 7 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María José Fernández López y don Juan Antonio Lapeña Díez, contra las empresas “Brezal, Sociedad Anónima”, y “Herlema, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado decreto de subsanación de fecha 31 de enero de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Decreto

Secretario judicial, don Fernando Alonso de Lera.—En Madrid, a 31 de enero de 2012.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Se rectifica el decreto de fecha 21 de diciembre de 2011, en el sentido de rectificar en la parte dispositiva, donde dice: «Declarar a las ejecutadas “Brezal, Sociedad Anónima”, y “Herlema, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia parcial»; debe decir: «Declarar a la ejecutada “Brezal, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia parcial».

Modo de impugnación: contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Gerardo Leal Elizarán y doña María Victoria Márquez Patiño, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 31 de enero de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/5.061/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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