Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 53

Fecha del Boletín 
02-03-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120302-111

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 33

EDICTO

111
Procedimiento ordinario 945 de 2007

Doña María Carmen Várez Breñas, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 33 de los de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de juicio ordinario con el número 945 de 2007 a instancias de don Higinio Gago Blanco representado por la procuradora señora Fernández Luna Tamayo, contra “Vaten Valencia, Sociedad Anónima”, en los que por resolución del día de la fecha he acordado notificar la sentencia de fecha 28 de noviembre de 2007, dictada en este procedimiento, a dicha demandada en ignorado paradero, conforme a lo previsto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimo la demanda presentada por don Higinio Gago Blanco Y doña Margarita Santacruz Santamaría, contra “Vaten Valencia, Sociedad Anónima”, ha lugar a la misma y en su virtud, declaro prescritas las acciones de reclamación de la parte del precio que no se satisfizo, como la acción resolutoria contrato de compraventa suscrito entre las partes.

Dispongo la cancelación de la condición resolutoria prevista en la cláusula quinta del contrato de compraventa de 21 de diciembre de 1997, declaro que los actores son titulares con carácter ganancial del piso vivienda sito en Madrid, calle Puentelarra, número 56, finca registral número 75.526, y de la plaza de garaje, número 2, consistente en una participación de una de las dieciocho partes en que se considera fraccionado el local ubicado en el sótano del edificio, sita en Madrid, calle Puentelarra, número 56, finca registral número 2.189, que da derecho a su uso exclusivo y excluyente, y condeno a la demandada a estar y pasar por estas declaraciones y a otorgar a favor de los actores la correspondiente escritura de compraventa respecto al piso vivienda sito en Madrid, calle Puentelarra, número 56, primero B, y la plaza de garaje, número 2, en el sótano de dicho inmueble con el apercibimiento que de no hacerlo la demandada, se procederá por este Juzgado a otorgarla en su nombre, con todos los pronunciamientos inherentes, todo ello sin hacer expresa condena en costas.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contadados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Asimismo, firme que sea la presente resolución sepa la parte condenada que si, en el término de veinte días (artículo 548 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), a partir de la notificación, no cumple fallo de la presente sentencia la parte vencedora en pleito podrá pedir la ejecución forzosa de la misma que generará nuevas costas además de las impuestas en sentencia para la parte condenada.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación de sentencia a la demandada “Vaten Valencia, Sociedad Anónima”, expido el presente.

En Madrid, a 17 de noviembre de 2011.—La secretaria (firmado).

(02/1.198/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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