Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 53

Fecha del Boletín 
02-03-2012

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120302-88

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ROBLEDO DE CHAVELA

RÉGIMEN ECONÓMICO

88
Modificación ordenanza

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación del artículo 5 de la ordenanza municipal reguladora del establecimiento y normas de gestión de precios públicos por utilización de servicios y actividades deportivas del Ayuntamiento de Robledo de Chavela, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

“Exenciones, reducciones y demás beneficios

Artículo 5. No se establecen beneficios ni reducciones especiales.

Precios:

Los precios reflejados a continuación se actualizarán automáticamente y anualmente según el índice de precios al consumo aprobado para el año inmediatamente anterior.





Entrada en vigor:

Artículo 6. La presente modificación entrará en vigor a partir del día 1 de enero de 2012, previa su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, permaneciendo vigente hasta su modificación”.

Contra el presente acuerdo se interpondrá recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Robledo de Chavela, a 2 de febrero de 2012.—El alcalde, Mario A. de la Fuente Estévez.

(03/5.951/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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