Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
25-02-2012

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120225-233

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

233
Demanda 543 de 2011

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 543 de 2011-E de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Florencio Hernández Martín, contra la empresa “Isogetra, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Estimar la demanda interpuesta por don Florencio Hernández Martín y don Javier González González, frente a “Isogetra, Sociedad Limitada”, declarando improcedente el despido de los dos actores y siendo imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral entre las partes, en la fecha de la presente resolución y condeno a “Isogetra, Sociedad Limitada”, a que indemnice:

A don Florencio Hernández Martín en la cantidad de 51.491,60 euros, más el abono de los salarios de trámite por la cuantía de 16.419,27 euros.

A don Javier González González en la cantidad de 40.976,65 euros, más el abono de los salarios de trámite por la cuantía de 16.419,27 euros.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Isogetra, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 23 de enero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.820/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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