Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120215-154
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2
EDICTO
Doña Pilar Buelga Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara.
Hago saber: Que en el procedimiento de despido/ceses en general número 992 de 2011-L de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Estefanía Moreno Yela, contra “Puertas y Maquinaria, Sociedad Limitada”, “Bricolaje Guadalajara, Sociedad Limitada”, “Aluminio e Inoxidables Arriacense, Sociedad Limitada”, “Alquiler y Rep. Henares, Sociedad Limitada”, “Ferretería Industrial Granizo, Sociedad Limitada”, don Luis Granizo Domínguez, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha acordado citar a “Puertas y Maquinaria, Sociedad Limitada”, “Bricolaje Guadalajara, Sociedad Limitada”, “Aluminio e Inoxidables Arriacense, Sociedad Limitada”, “Alquiler y Rep. Henares, Sociedad Limitada”, “Ferretería Industrial Granizo, Sociedad Limitada”, y a don Luis Granizo Domínguez, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan en este Juzgado para la celebración del acto de conciliación ante la secretaria judicial el día 27 de febrero de 2012, a las nueve cincuenta y cinco horas, y el mismo día, a las nueve y treinta horas, para la celebración, en su caso, del acto de juicio; y al objeto de practicar la prueba de interrogatorio de las partes, en calidad de demandado, como representante legal de las empresas demandadas. Al ostentar la condición de persona jurídica se pone en su conocimiento que será su legal representante quien deberá comparecer al acto del juicio para la práctica del interrogatorio, siempre que hubiera intervenido en los hechos controvertidos en el proceso. Si quien intervino en los hechos controvertidos no hubiera sido su legal representante, será la persona que tenga conocimiento personal de los hechos quien habrá de comparecer al acto del juicio para la práctica de la prueba (artículo 309.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Sin perjuicio de que si desea que esa persona sea citada por conducto judicial así deberá comunicarlo antes de diez días a la fecha prevista para el juicio. A tal efecto se le indica que si no comparece, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales (artículo 91.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).
Tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 2, sito en la avenida del Ejército, número 12, primera planta (edificio de servicios múltiples), de Guadalajara, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de citación al representante legal de las empresas “Puertas y Maquinaria, Sociedad Limitada”, “Bricolaje Guadalajara, Sociedad Limitada”, “Aluminio e Inoxidables Arriacense, Sociedad Limitada”, “Alquiler y Rep. Henares, Sociedad Limitada”, “Ferretería Industrial Granizo, Sociedad Limitada”, y a don Luis Granizo Domínguez, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado.
En Guadalajara, a 25 de enero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/3.354/12)

