Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
15-02-2012

Sección 1.3.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120215-11

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

11
ORDEN 7705/2011, de 28 de diciembre, de establecimiento de precio privado por participación a través de “stand” en la VII Feria de Empleo de Formación Profesional.

La disposición adicional cuarta del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, dispone que el establecimiento, fijación de la cuantía, administración y cobro de contraprestaciones pecuniarias por venta de bienes, prestación de servicios o realización de actividades llevadas a cabo por la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos, que sean precios privados y por ello no tengan la consideración de tasas o precios públicos, corresponderá al Consejero u órgano competente del ente institucional gestor de los ingresos, previo informe favorable del Consejero de Hacienda.

El apartado segundo de la citada disposición establece que cuando existen razones sociales, benéficas, culturales o de interés público que así lo aconseje, podrán fijarse precios privados que resulten inferiores a los costes.

En cumplimiento de esta normativa se ha elaborado la memoria económica-financiera donde se justifica el importe propuesto y el grado de cobertura financiera de los costes correspondientes a la celebración, los días 14 y 15 de marzo de 2012, de la VII Feria de Empleo de Formación Profesional.

En virtud de lo expuesto, y previo informe favorable del Consejero de Economía y Hacienda,

DISPONGO

Artículo 1

Objeto y financiación

Mediante la presente Orden se establecen como precios privados, por la participación a través de “stand” en la VII Feria de Empleo de Formación Profesional, las siguientes cuantías respectivamente, 4.000 euros (IVA incluido) para las empresas y entidades que participen en la modalidad de patrocinador, 2.500 (IVA incluido) para las empresas y entidades que participen en la modalidad de promotor y 1.000 euros (IVA incluido) para las empresas y entidades que participen en la modalidad de participante.

El pago de los precios privados por parte de las empresas y entidades interesadas en participar en la Feria de Empleo de Formación Profesional se realizará conforme a lo establecido en el artículo siguiente y requerirá el acuerdo previo de la Consejería de Educación y Empleo en función de las limitaciones del espacio ferial.

Artículo 2

Forma de pago

1. El pago de los precios privados regulados en la presente Orden se efectuará con anterioridad a la fecha de realización de la feria, utilizando el modelo normalizado de ingreso 039, incluido en el Anexo.

2. Los impresos se facilitarán a los interesados en la Dirección General de Ordenación y Acreditación Profesional, pudiendo obtenerse, asimismo, a través de Internet en la página web de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org), posicionándose en “Gestiones y Trámites”, dentro de este seleccionar “Servicios y trámites” y en trámites “Pago de tasas, precios públicos y otros ingresos”.

3. Los pagos a que hace referencia la presente Orden se podrán efectuar en efectivo, en alguna de las entidades colaboradoras: “Banco Popular”, “Banco Sabadell”, BBVA, “Bankia (Caja Madrid)”, “CaixaBank” y “Banco de Santander”.

Asimismo, podrá efectuarse mediante banca electrónica (cargo en cuenta o pago con tarjeta), accediendo a la página web de la Comunidad de Madrid, en la forma señalada en el artículo 2.2 siguiendo las instrucciones que marca el programa, siendo necesario un certificado digital reconocido por la Comunidad de Madrid.

Artículo 3

Cesión de derechos de participación y representación en la Feria

No está permitida la cesión parcial o total de los derechos de participación en la feria a terceros ni, por consiguiente, la ocupación de un “stand” por varios co-expositores. Por tanto, el espacio concedido solo podrá ser ocupado por la empresa o entidad que haya efectuado el pago a que se refiere la presente Orden.

Artículo 4

Obligación de las empresas participantes

Las empresas participantes asumen la obligación de informar a los demandantes de empleo de formación profesional asistentes a la feria de sus ofertas de empleo vacantes, o de sus previsiones de contratación a corto/medio plazo.

Las empresas y entidades participantes en la feria asumen la obligación de prestar, de forma continuada durante el horario de celebración de la misma, el servicio de atención e información en su “stand”, sin que existan intervalos en los que haya “stand” cerrados o desatendidos.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 28 de diciembre de 2011.—La Consejera de Educación y Empleo, PD (Orden 5147/2011, de 7 de noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de noviembre), el Secretario General Técnico, Manuel Pérez Gómez.


(03/4.233/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120215-11